Devolución o Reexpedición de los Envíos Postales
- SERPOST S.A. es la encargada de transmitir y presentar la solicitud de reexpedición o devolución – Anexo V ante la Aduana, dentro del plazo de conservación y hasta treinta (30) días siguientes al vencimiento del plazo de conservación, a fin de que el funcionario aduanero proceda a su verificación y control; y de ser conforme, autorice la solicitud para que SERPOST S.A. proceda al traslado del envío del Depósito Temporal Postal a la Aduana de salida.
- No procede la solicitud de reexpedición o devolución cuando:
- Se trate de envíos postales cuya destinación aduanera haya sido solicitada, salvo que previamente haya sido legajada a solicitud de la empresa,
- Se trate de mercancía prohibida, deteriorada o que no cumple con el fin para el que fue importada, que no haya sido reexportada dentro del plazo otorgado por la Administración Aduanera,
- El envío postal haya sido incautado, comisado o destruido por autoridad competente o puesto a disposición de la Autoridad Aduanera de conformidad con las normas nacionales sobre la materia,
- El expedidor haya señalado su abandono,
- El Convenio Postal Universal o la legislación interna prohíba su devolución a origen o su salida del país.
ENVIOS DEVUELTOS
- El tratamiento simplificado de los envíos de exporta fácil devueltos, se realiza de acuerdo a lo establecido en el procedimiento general “Reimportación en el mismo estado” DESPA-PG.26 (versión1).