Tamaño de Texto:

Puesta a Disposición de la Mercancía para la Asignación de Canal de Control

La mercancía es puesta a disposición de la autoridad aduanera en un Depósito Temporal, en el lugar que la autoridad aduanera designe o en el local designado por el exportador, para la asignación del canal de control por el sistema informático de la declaración, el mismo que puede ser:

  1. Verde: se otorga el levante de la mercancía de forma automática ó
  2. Rojo: la mercancía se encuentra sujeta a reconocimiento físico.

Tratándose de mercancía especial (*), el exportador puede realizar el embarque directo desde el local que él designe, siempre y cuando cumpla con los requisitos de infraestructura necesarios para el reconocimiento físico en caso la declaración sea seleccionada a canal rojo.

(*) Mercancía especial: A la mercancía que, por su naturaleza o condición, requiere un tratamiento logístico diferenciado y que por ello la Administración Aduanera autoriza su reconocimiento físico en el local designado por el exportador.