Tamaño de Texto:

Regularización del Régimen

La regularización del régimen se realiza dentro del plazo de (30) días calendario contados a partir del día siguiente de la fecha del término del embarque, para cuyo efecto, el exportador confirma electrónicamente la información de la declaración, proceso que también puede ser efectuada por el despachador de aduana bajo responsabilidad del exportador.

El sistema informático valida la información, de ser conforme, en aplicación de técnicas de gestión del riesgo determina si la declaración se da por regularizada o está sujeta a evaluación previa; de ser el caso es asignado automáticamente a un funcionario aduanero, quien verifica la información y de encontrarse conforme registra la aceptación de la regularización; caso contrario registra el motivo del rechazo para las rectificaciones pertinentes.

Puedes consultar la sección de Preguntas Frecuentes acerca de la Regularización de la Exportación AQUÍ