Es un servicio implementado por la SUNAT que permite importar o recibir envíos postales del extranjero a través de SERPOST S.A (1), de manera rápida y simple.
(1) SERPOST S.A.: Servicio Postal del Perú S.A. - Concesionario del servicio postal del estado peruano.
Las personas naturales o empresas que importen o reciban envíos postales como compras o regalos del extranjero hasta por un valor FOB(2) máximo de US $ 2 000.00(3) por envío.
(2) FOB: Se refiere al precio de compra o adquisición de la mercancía (debiendo descontarse el precio del flete o transporte internacional y el seguro contratado).
(3) Dos mil dólares de los Estados Unidos de América.
Si la persona natural o empresa que importe o reciba el envío lo hace a través del servicio postal nacional, el proceso tendrá varias facilidades.
Una vez que el envío llegue a Perú usted podría recibir sus mercancías (bienes, regalos, etc.) o ser notificado, para su recojo o trámite correspondiente
Si las mercancías (bienes, regalos, etc.) contenidas en el envío tiene un valor hasta US $ 200.00 (4), no tendrá que efectuar ningún trámite aduanero ni pagar tributos a la importación, la SUNAT lo pondrá a disposición de Serpost S.A. para su entrega al destinatario.
Pero si tiene un valor superior a US $ 200.00 y hasta US $ 2 000.00, podría estar afecto al pago de tributos (5) a la importación, debiendo cancelar los tributos en los bancos autorizados, para su entrega al destinatario por parte de Serpost S.A.
(4) Excepto mercancías restringidas, envíos remitidos a un mismo destinatario que hayan arribado en un mismo medio de transporte cuyo valor en conjunto supere los US$ 200, y otros que la SUNAT establezca (Decreto Supremo Nº 244-2013-EF).
(5) SUNAT ejerce control de las mercancías una vez que arriben a Perú y determina los tributos a cancelar en los casos que corresponda (Decreto Legislativo Nº 1053 y modificatorias).
Es rápido:
Con la finalidad de reducir los tiempos de despacho, la SUNAT ha establecido un único control de los envíos postales en la Aduana Aérea y Postal, con oficinas ubicadas en Lima y Callao.
Además, a fin de disponer de su mercancía en menor tiempo y a un menor costo, el envío postal con valor hasta US $ 200.00 (6), es calificado por la SUNAT como distribución directa y puesto a disposición de Serpost S.A para su entrega inmediata al destinatario. Asimismo, se ha implementado un sistema electrónico para la generación de la Declaración Importa Fácil (DIF), cuando el valor del envío postal es superior a US $ 200.00 y hasta US $ 2 000.00.
(6) Excepto mercancías restringidas, envíos remitidos a un mismo destinatario que hayan arribado en un mismo medio de transporte cuyo valor conjunto supere los US$ 200, y otros que la SUNAT establezca (Decreto Supremo N° 244-2013-EF).
Es simple:
La cancelación de los tributos en los casos que corresponda, se efectúa en cualquier entidad bancaria autorizada, presentando únicamente la DIF, que podrá descargar gratuitamente de la sección: Consulta DIF, del portal de la SUNAT.
Mercancías Prohibidas
Existen mercancías que están prohibidas de ingresar a Perú como por ejemplo:
Ropa y calzado usado sin excepción | |
Partes usadas de vehículos | |
Drogas y demás insumos similares |
Mercancías Restringidas
También existen mercancías que tienen la condición de restringidas (7), por lo tanto necesitan autorización del sector correspondiente para ingresar a Perú como por ejemplo:
Celulares y demás dispositivos similares (requieren permiso del Ministerio de Transportes y Comunicaciones – MTC), salvo excepciones establecidas mediante Resolución Directoral. Medicinas, vitaminas, equipos y demás aparatos médicos (requieren permiso de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas – DIGEMID.
Con el uso del RUC y Clave Sol las autorizaciones del MTC, DIGEMID, DIGESA, SENASA entre otros, se pueden tramitar por la Ventanilla Única de Comercio Exterior – VUCE (www.vuce.gob.pe). |
(7) El listado de mercancías prohibidas de importación y la consulta referencial de subpartidas que contienen mercancías restringidas, lo puede efectuar a través del portal de la SUNAT (www.sunat.gob.pe / opción: Aduanas / Mercancías Restringidas y Prohibidas).