DECLARACIONES DE IMPORTACIÓN PARA EL CONSUMO ACOGIDAS A LOS BENEFICIOS TRIBUTARIOS PREVISTOS EN EL CONVENIO DE COOPERACIÓN ADUANERA PERUANO COLOMBIANO - PECO Y EN LA LEY DE PROMOCIÓN DE LA INVERSIÓN EN LA AMAZONÍA - LEY N° 27037 Estimados operadores de comercio exterior y operadores intervinientes: Con la finalidad de evitar retrasos en los procesos de regularización de las declaraciones de importación para el consumo acogidas a los beneficios tributarios previstos en el Convenio de Cooperación Aduanera Peruano Colombiano - PECO y en la Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía - Ley N° 27037, por contar con información incompleta o incorrecta de las mercancías consignadas en la declaración (códigos, marcas, modelos, números de serie, entre otros); recuerde que es MANDATORIO que la información consignada en la declaración, permita la individualización de la mercancía nacionalizada que vaya destinada a la referida zona con tratamiento tributario especial. Para tales efectos, se debe tener presente lo previsto en:
Gerencia de Regímenes Aduaneros Lima 14 de agosto de 2023
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