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Datos Importantes

• El plazo para resolver las quejas es de treinta (30) días hábiles.  

• La presentación de una queja-reclamo no detiene o pospone cualquier acción legal que la SUNAT haya iniciado.

• La formulación de la queja-reclamo o sugerencia no suspende ni interrumpe el transcurso de los plazos establecidos por Ley para    la    tramitación de cualquier procedimiento; ni condicionan el derecho de los administrados para ejercitar otras acciones legales.

• La presentación, consulta del estado y/o resultado de una queja-reclamo o sugerencia son totalmente gratuitos. Tampoco requiere firma   de abogado.