• El plazo para resolver las quejas es de treinta (30) días hábiles.
• La presentación de una queja-reclamo no detiene o pospone cualquier acción legal que la SUNAT haya iniciado.
• La formulación de la queja-reclamo o sugerencia no suspende ni interrumpe el transcurso de los plazos establecidos por Ley para la tramitación de cualquier procedimiento; ni condicionan el derecho de los administrados para ejercitar otras acciones legales.
• La presentación, consulta del estado y/o resultado de una queja-reclamo o sugerencia son totalmente gratuitos. Tampoco requiere firma de abogado.
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Oficina de Defensoría del Contribuyente y Usuario Aduanero - SUNAT
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