Legislación Aduanera
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Consultas Aduaneras

INDICE CORRELATIVO DE CONSULTAS ADUANERAS 2012

 

 OFICIOS

Oficio N.° 27-2012-SUNAT-2B4000

Se emite opinión legal con respecto a la subsanación de la autorización y rotulado de ciertas mercancías, considerando la modificación realizada por Decreto Legislativo Nº 1109 al inciso b) articulo 97º de la LGA. Con relación a los insumos químicos y productos fiscalizados se señala que no es subsanable la falta de autorización del sector competente ni el rotulado mismo, dado que la Ley Nº 28305, Ley de Control de Insumos Químicos y Productos Fiscalizados, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 053-2005-PCM, normas especiales para el caso, ordenan el reembarque del producto; aunque en el caso del rotulado se permite subsanar, solamente, antes de la numeración de la declaración o durante el régimen de depósito

Oficio N.° 05-2012-SUNAT-2B4000

Se emite opinión legal en el sentido que la exportación de bienes producidos por encargo, bajo la modalidad de prestaciones continuas y de duración indeterminada, para acogerse al beneficio de Restitución Simplificada de Derechos Arancelarios-Drawback debe cumplir los requisitos previstos para dicho beneficio y siendo que la fecha de la factura no es un aspecto subsanable, conforme el numeral 12 literal A del rubro VII del Procedimiento General INTA-PG.07, el incumplimiento respecto al momento de su emisión determinará la improcedencia de la solicitud.

Oficio N.° 27 – 2012/4B4000


Se emite opinión legal con respecto a la subsanación de la autorización y rotulado de ciertas mercancías, considerando la modificación realizada por Decreto Legislativo Nº 1109 al inciso b) articulo 97º de la LGA. Con relación a los insumos químicos y productos fiscalizados se señala que no es subsanable la falta de autorización del sector competente ni el rotulado mismo, dado que la Ley Nº 28305, Ley de Control de Insumos Químicos y Productos Fiscalizados, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 053-2005-PCM, normas especiales para el caso, ordenan el reembarque del producto; aunque en el caso del rotulado se permite subsanar, solamente, antes de la numeración de la declaración o durante el régimen de depósito.