Si está pensando en importar vehículos automotores de transporte terrestre usados, de carga o pasajeros, es importante conocer los documentos y requisitos mínimos de calidad aplicables.
Existen otros vehículos que no se encuentran sujetos al cumplimiento de los requisitos mínimos de calidad y los puede verificar en la circular Nº 004-2009/SUNAT/A
Para mayor información acerca de las normas sobre vehículos usados, deberá comunicarse con el Ministerio de Transportes y Comunicaciones - MTC.
Requisitos Mínimos de Calidad
Solamente se permite la importación al territorio nacional de vehículos automotores gasolineros usados que cumplan los requisitos mínimos de calidad: kilometraje, antigüedad, siniestrabilidad, timón a la izquierda, emisiones de gases contaminantes, establecido en el Decreto Legislativo Nº 843 y sus modificatorias.
*Los vehículos diésel que podrán ser importados son los M3 y N3.
1. Antigüedad:
No debe ser mayor de dos (2) años, contados a partir del año de modelo, queda prohibida la importación de vehículos usados con motor de encendido por compresión (diésel) de las categorías L, M y N, a excepción de las subcategorías M3 y N3, de conformidad con el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 005-2020-MTC.