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Prórroga del Plazo del CST

Antes del vencimiento del plazo autorizado al vehículo, el beneficiario puede solicitar a la SUNAT la prórroga del mismo escaneando y enviando por correo electrónico o impreso vía expediente en la sede de la Aduana más cercana; el “Formato para Solicitud de Prórroga” del  Anexo 4 debidamente llenado y suscrito, y la documentación que justifique la imposibilidad del retorno oportuno del beneficiario o del vehículo al Perú.


El correo electrónico se envía a la dirección que corresponde a la Aduana por donde salió el vehículo. Seleccionar del listado del siguiente vínculo: http://www.sunat.gob.pe/legislacion/procedim/despacho/especiales/vehiculos/procGeneral/anexos/Anexo3-V3-RIN-08-2017.doc