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Información a Viajeros

A continuación se brinda información general, que todo viajero debe conocer tanto al ingreso, como a la salida del país de su Equipaje y Menaje de Casa. 

EQUIPAJE

Se considera EQUIPAJE a todos los bienes nuevos o usados, que un viajero pueda razonablemente necesitar, siempre que se advierta que son para su uso o consumo, de acuerdo con el propósito y duración del viaje y que por su cantidad, naturaleza o variedad se presuma que no están destinados al comercio o industria.
Al respecto, debemos indicar que el Reglamento del Régimen Aduanero Especial de Equipaje y Menaje de Casa, aprobado por Decreto Supremo N° 182-2013-EF, ha establecido en el artículo 9º una lista de bienes que forman parte del equipaje del viajero, los cuales se encuentran inafectos al pago de tributos.
Este beneficio se otorga a los viajeros con pasaporte o documento oficial al ingreso o salida del país.